Después del laboratorio europeo, la pregunta cambia de escenario. En Hispanoamérica, el liberalismo del siglo XIX no se limitó a separar funciones eclesiásticas y civiles: también alteró regímenes de propiedad, trabajo y pertenencia comunitaria. México, Guatemala y El Salvador permiten observar hasta qué punto esas reformas combinaron emancipación jurídica, concentración de poder estatal y transformación agraria.
No existe una sola «reforma liberal latinoamericana». México llegó a ella en medio de guerra civil, conflicto con la Iglesia e intervención extranjera; Guatemala la vinculó estrechamente con la expansión cafetalera y la reorganización del trabajo rural; El Salvador convirtió la privatización de tierras comunales y ejidales en una pieza decisiva de su transición agroexportadora. La comparación es legítima solo si conserva esas diferencias.
De la igualdad jurídica a la transformación de la propiedad
En México, la Ley Juárez de 1855 restringió fueros eclesiástico y militar; la Ley Lerdo de 1856 ordenó la desamortización de fincas pertenecientes a corporaciones civiles y eclesiásticas; y las leyes de Veracruz de 1859–1860 profundizaron el traslado al Estado de funciones antes ligadas a la Iglesia. El punto decisivo para esta serie es que la desamortización afectó también a formas comunales de propiedad indígena. La intención liberal de producir propietarios individuales y mercados de tierra no tuvo resultados sociales idénticos en todas las regiones; la historiografía mexicana ha mostrado impactos diferenciados, por lo que no debe suponerse automáticamente que toda transferencia terminó en manos de grandes hacendados.
Guatemala ofrece un segundo laboratorio. Tras 1871, el liberalismo estatal impulsó privatización, expansión cafetalera y nuevas formas de disciplina laboral. El Decreto gubernativo n.º 176 de 1877 fijó el nuevo Código Civil, mientras el Decreto n.º 177, Reglamento de Jornaleros, reguló contratos, anticipos, libretas y relaciones entre patrones, agentes y trabajadores. La existencia de esa normativa demuestra intervención estatal sobre el trabajo; su aplicación concreta debe medirse con expedientes locales, padrones y documentación de fincas. Julie Gibbings ha mostrado para Guatemala cómo la modernización liberal combinó privatización, expansión de autoridad estatal y trabajo coercitivo, pero también encontró respuestas y adaptaciones indígenas que impiden reducir el proceso a una simple imposición unilateral.
En El Salvador, la bisagra aparece en 1881–1882. El decreto de extinción de comunidades de 1881, publicado en el Diario Oficial del 26 de febrero de ese año, y la extinción de ejidos de 1882 formularon de manera explícita que la propiedad comunal y ejidal obstaculizaba el desarrollo agrícola y la circulación de la riqueza. Esa retórica importa porque revela cómo el Estado conceptualizaba la tierra: no solo como espacio de subsistencia o pertenencia comunitaria, sino como activo que debía circular dentro de un orden productivo moderno.
Propiedad, ciudadanía y desprotección
La reforma liberal prometía convertir sujetos corporativos en individuos jurídicamente iguales. Ese lenguaje tenía una fuerza emancipadora real: eliminaba privilegios, uniformaba jurisdicciones y concebía al ciudadano como titular de derechos individuales. Pero el paso de la comunidad al individuo también podía desmontar defensas colectivas sin garantizar que todos los nuevos propietarios dispusieran del mismo poder económico, acceso al crédito o capacidad para litigar. La igualdad formal no producía automáticamente igualdad material.
En este punto aparece el pequeño universo propio de la entrada: la propiedad no es solo una cuestión económica; también es una institución de pertenencia. Una parcela comunal podía ser tierra, pero también seguridad alimentaria, memoria familiar, acceso a bosques y aguas, autoridad local y vínculo comunitario. Cuando el Estado transforma esa institución en propiedad individual negociable, no cambia únicamente un título: cambia el modo en que una comunidad se relaciona con el territorio y con el poder.
Esto ayuda a entender por qué el lenguaje del progreso debe analizarse críticamente. «Poner la tierra en circulación» puede significar ampliar inversión y productividad, pero también hacerla disponible para actores con mayor capacidad de compra. El resultado histórico debe medirse, no suponerse. Allí donde campesinos obtuvieron títulos individuales, debemos registrarlo; donde hubo concentración, endeudamiento o desplazamiento, también. La tesis gana fuerza precisamente cuando admite resultados heterogéneos.
El Salvador: desposesión, continuidad campesina y café
Aquí es necesario evitar una simplificación. La privatización no produjo únicamente expulsión física inmediata. Aldo Lauria-Santiago ha mostrado que la transición fue más compleja: hubo campesinos que adquirieron títulos individuales, resistencias locales, transformaciones graduales y formas diversas de adaptación. Al mismo tiempo, la historiografía coincide en que la expansión cafetalera y la desaparición de buena parte del régimen comunal modificaron profundamente las relaciones de tierra, trabajo y poder. James Dunkerley resume esa transformación señalando que muchos habitantes rurales dejaron de ser miembros de comunidades con acceso colectivo a tierra y pasaron a depender más directamente del trabajo asalariado o de parcelas dentro de fincas.
La complejidad no disminuye la importancia del cambio; la precisa. La cuestión no es afirmar que cada hectárea comunal pasó inmediatamente a una oligarquía cafetalera, sino demostrar cómo un nuevo régimen jurídico favoreció la mercantilización de la tierra y alteró las defensas institucionales de las comunidades. Estudios recientes sobre derechos indígenas en el siglo XIX vuelven sobre esta relación entre expansión del café, poder de las élites rurales y abolición de tierras comunales en El Salvador.
También debe manejarse con cautela el lenguaje racial y positivista. Que las élites liberales latinoamericanas conocieran categorías evolucionistas, civilizatorias o racializadas no demuestra por sí mismo la influencia directa de Gobineau, Lombroso o Le Bon en cada decreto salvadoreño. Para sostener una influencia intelectual concreta se necesitarán citas, bibliotecas, programas educativos, prensa o correspondencia que documenten esa circulación. La hipótesis es plausible; la prueba debe ser específica.
De 1882 a 1911: cuando la reforma se convierte en estructura
La reforma liberal no terminó cuando se publicaron los decretos. Durante las décadas siguientes, el nuevo régimen de propiedad se integró a una economía cada vez más orientada al café y a un Estado que ampliaba su capacidad administrativa. El cambio decisivo fue que las transformaciones jurídicas dejaron de ser únicamente programa y comenzaron a convertirse en estructura cotidiana: nuevas formas de tenencia, crédito, trabajo, autoridad municipal y relación entre productores y exportadores.
En ese proceso se consolidaron sectores cafetaleros con creciente influencia económica y política, pero no como un bloque absolutamente uniforme. Existieron diferencias regionales, familiares y empresariales, así como conflictos sobre fiscalidad, crédito, infraestructura y orientación del Estado. Esta precisión será importante para comprender después a Manuel Enrique Araujo: su gobierno no surgió fuera del orden liberal-cafetalero, sino desde dentro de él, y precisamente por eso sus intentos de ampliar capacidad estatal deben medirse frente a los equilibrios heredados.
La transición hacia el siglo XX añadió además una dimensión regional. Centroamérica seguía siendo un espacio de rivalidades entre gobiernos, proyectos unionistas, intereses comerciales y creciente presencia estadounidense. El problema de la soberanía dejó de ser solamente territorial: comenzó a incluir deuda, concesiones, puertos, ferrocarriles, fiscalidad y capacidad de los pequeños Estados para decidir dentro de un sistema internacional cada vez más desigual.
Así aparece Araujo en 1911: no como una ruptura total con el liberalismo decimonónico, sino como un gobernante situado en su madurez y enfrentado a sus límites. Médico, cafetalero, reformista y presidente, su figura permite preguntar qué margen de corrección social y soberanía podía introducirse sin abandonar el orden económico que las reformas del siglo XIX habían ayudado a construir.
El puente hacia 1932
Las reformas de 1881–1882 no «causaron» por sí solas el levantamiento de 1932. Entre ambos momentos hay medio siglo de crecimiento cafetalero, cambios demográficos, crisis de precios, organización política, conflictos locales y transformaciones laborales. Pero tampoco puede estudiarse 1932 como si la estructura agraria hubiera aparecido de la nada. La relación correcta es de larga duración: la reforma liberal alteró un sistema de propiedad y participación comunitaria; la expansión cafetalera consolidó nuevas dependencias; la Gran Depresión sometió ese orden a una tensión extraordinaria.
Por eso la comparación con México y Guatemala tiene sentido. No porque los tres países hayan aplicado una receta idéntica, sino porque muestran una misma pregunta moderna bajo formas distintas: ¿qué ocurre cuando el Estado redefine la propiedad y la ciudadanía en nombre del progreso, pero las comunidades que deben recibir ese progreso pierden parte de sus mecanismos tradicionales de protección?
Fuentes primarias
— México, Ley Juárez, 23 de noviembre de 1855.
— México, Ley Lerdo, 25 de junio de 1856.
— México, Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos, 1859; Ley de Matrimonio Civil; Ley Orgánica del Registro Civil; Ley sobre libertad de cultos.
— Guatemala, Decreto gubernativo n.º 176, Código Civil, 1877.
— Guatemala, Decreto gubernativo n.º 177, Reglamento de Jornaleros, 3 de abril de 1877.
— El Salvador, Diario Oficial, tomo 10, n.º 49, 26 de febrero de 1881, pp. 197–198, decreto de extinción de comunidades.
— El Salvador, Diario Oficial, tomo 12, n.º 62, 14 de marzo de 1882, extinción de ejidos.
— Paulo III, Sublimis Deus (1537), utilizada aquí como contraste antropológico y no como prueba de los procesos liberales del siglo XIX.
Fuentes secundarias y estudios críticos
— Aldo Lauria-Santiago, An Agrarian Republic: Commercial Agriculture and the Politics of Peasant Communities in El Salvador, 1823–1914.
— James Dunkerley, «El Salvador since 1930», The Cambridge History of Latin America.
— Julie Gibbings, «Possessing Sentiments and Ideas of Progress: Coffee Planting, Land Privatization, and the Liberal Reform, 1871–1886».
— Jeffery M. Paige, «Coffee and Power in El Salvador».
— Para una discusión reciente sobre autonomía indígena y abolición de tierras comunales en El Salvador, «A Space for Autonomy: Indigenous Rights in Post-Independence Latin America».
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